Un reportaje especial del Observatorio de Violencia Social y de Género de Aguascalientes.
Una madrugada de marzo del 2014, Paola, de 20 años, con un embarazo de 25 semanas, ingresó al Hospital de la Mujer por presentar fuertes dolores en el vientre. Tras parir un producto de sexo masculino, el personal médico solicitó la intervención del Ministerio Público luego de que el producto falleciera a los 15 minutos de nacido por prematurez extrema. Su caso fue judicializado sin que ella supiera el delito por el que se le acusaba. Cuando se encontraban al interior del Hospital, policías ministeriales la interrogaron a ella y a su padre. Días después, el padre de Paola se vio en la obligación de contratar a un abogado particular y así pudo conocer que se había abierto una carpeta de investigación en contra de su hija. Al paso de 7 meses, policías ministeriales acudieron al domicilio de Paola con una orden de aprehensión, y aunque se presentó un amparo para conocer el delito por el que se le acusaba, no se recibió ninguna información. Un año después, Paola supo que se le acusaba del delito de aborto doloso. El juez determinó que no había pruebas suficientes para acusarla, pero el Ministerio Público impugnó y buscó presentar más pruebas. Tras un proceso legal, el juez resolvió cerrar el caso. Este es un testimonio que fue acompañado legalmente por GIRE y que está contenido en el estudio “La criminalización del aborto en México”.
Como este caso, se relata también el de Irene, una mujer de 21 años de edad que fue acusada por el mismo delito tras presentar un sangrado transvaginal. La acusación en su contra y la prohibición de salir del país debido a la apertura de una carpeta de investigación penal mermó oportunidades de crecimiento para Irene, como obtener una beca y estudiar en el extranjero. Como Paola e Irene, existen otros miles de casos no conocidos por las autoridades y las organizaciones civiles en donde los derechos de las mujeres son violentados cuando se ven relacionadas en casos de abortos inducidos o no inducidos. Pese a la existencia de leyes que protegen el derecho al aborto en los casos permitidos por el Código Penal del Estado de Aguascalientes, en la entidad no existen protocolos ni procedimientos abiertos para que las mujeres puedan acceder al aborto de una manera legal y segura, sin el riesgo de ser criminalizadas.
Hasta hoy, el ordenamiento penal permite el aborto cuando el producto ocasione un peligro de muerte para la madre o cuando el embarazo haya sido causado por una violación sexual. Sin embargo, en este último caso, las autoridades judiciales y de salud obstaculizan la decisión de las mujeres cuando deciden abortar o acceder a los derechos estipulados en la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005.
¿Qué dice la NOM 046?
Que en los casos de violación sexual en donde exista un producto “las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada de que dicho embarazo es producto de violación; en caso de ser menor de 12 años de edad, a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables”. Además, “el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a que hace referencia el artículo 5, de la Ley General de Víctimas”, misma que señala que las mujeres víctimas de violencia tienen el derecho de interponer una denuncia, pero no constituye una obligación hacerlo. Esta decisión no debe obstaculizar el derecho de que las mujeres reciban la atención médica y psicológica necesaria.
Aunque la Norma Oficial respeta el derecho de objeción de conciencia de las y los médicos, también obliga a las instituciones de salud públicas a “contar con médicos y enfermeras capacitados no objetores de conciencia. Si en el momento de la solicitud de atención no se pudiera prestar el servicio de manera oportuna y adecuada, se deberá referir de inmediato a la usuaria, a una unidad de salud que cuente con este tipo de personal y con infraestructura de atención con calidad”. Y añade “Corresponde a las y los prestadores de servicios de salud informar a la persona afectada sobre su derecho a denunciar los hechos de violencia que se presenten, así como de la existencia de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y de las Comisiones Ejecutivas de las entidades federativas o sus equivalentes y de los centros de apoyo disponibles, responsables de orientar a las víctimas sobre los pasos a seguir para acceder a los servicios de atención, protección y defensa para quienes sufren de violencia familiar o sexual, facilitando y respetando la autonomía en sus decisiones e invitando a continuar el seguimiento médico, psicológico y de trabajo social.
En Aguascalientes, la violación sexual es un problema latente y grave. Según información publicada por PROCESO, “Carmen Aranda Márquez, titular de la Unidad de Atención Integral a la Mujer del Centro de Justicia para Mujeres, adscrito a la Fiscalía General del Estado, durante 2018 hubo más de un centenar de casos de mujeres, niñas y niños víctimas de violación sexual en Aguascalientes. De estos, el 50% de los casos corresponde a violaciones sexuales contra niños y niñas” (sic). Del total de las denuncias, 7.3% son violaciones contra varones, mientras que contra mujeres la cifra asciende al 92.7%. En el 70% de los casos, los agresores son padres, esposos, padrastros, tíos, hermanos, abuelos y otros hombres cercanos a la víctima.
De acuerdo con información obtenida por el Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG), en Aguascalientes no existen las condiciones necesarias para que una mujer víctima de violación sexual acceda al aborto en términos de la ley y respetando su libre decisión, ni médicos no objetores de conciencia que realicen este procedimiento. La actuación de las autoridades es omisa, viola los derechos humanos de las mujeres, y las orilla a tomar decisiones que pueden afectar su salud, basadas en dogmas religiosos y estigmas sociales. De acuerdo a la misma nota, la ministerio público, María Lila Medel Hernández, adscrita al Centro de Justicia para Mujeres, perteneciente a la Fiscalía General del Estado; señaló que se han registrado al menos dos casos en donde menores de edad llevaron a término su embarazo, ocasionado por una violación sexual, y en uno de ellos el producto falleció porque era muy chica la niña”. Los casos que han solicitado el aborto tras una violación sexual o por libre decisión, son, algunas veces, acompañados y apoyados por organizaciones civiles estatales, que los canalizan a sus homónimas a nivel nacional, las cuales se encargan de los pagos correspondientes para que las mujeres puedan acceder al proceso de aborto en la Ciudad de México, o acompañar su proceso jurídico y de salud en las entidades.

Las mujeres víctimas de violación que se trasladan a la Ciudad de México para acceder al aborto, son obligadas a regresar a su entidad con el producto dentro de un frasco, a fin de que se le puedan realizar pruebas de ADN para continuar la investigación por violación sexual, lo que significa una práctica sumamente revictimizante y violenta por parte de las autoridades de justicia. Entre las organizaciones civiles nacionales que acompañan a las mujeres en el proceso de aborto, se encuentra Fondo MARÍA.
Sofía Garduño Huerta, coordinadora operativa del Fondo de Aborto para la Justicia Social MARÍA, explicó que la organización moviliza recursos para este fondo, mismo que funciona desde el 28 de marzo del 2009: “Apoyamos a mujeres de todo el país para que puedan tener acceso a abortos seguros. El fondo surgió dos años después de que se despenalizara el aborto en la Ciudad de México en las primeras doce semanas, como una estrategia que busca disminuir las brechas de desigualdad que hay entre las mujeres que residen en la Ciudad de México y las que viven en el resto del país. En ese sentido vemos al aborto como un tema de justicia social, para que todas las mujeres tengan acceso y no se vean expuestas a prácticas inseguras”.
La organización civil tiene dos formas de acompañar y apoyar a las mujeres en el proceso. La primera es ayudándoles a acceder al aborto -en términos de lo establecido en la ley- dentro de sus entidades, con un plazo que no perjudique a la víctima. La segunda es trasladarlas a la Ciudad de México. De 2009 a 2019, Fondo María ha apoyado a 126 mujeres de Aguascalientes para abortar de manera segura. Las cuales tienen un rango de edad de entre los 14 y los 46 años. De estos, 6 han sido casos de violación que no se resolvieron en la entidad y las víctimas tuvieron que trasladarse a la Ciudad de México. Los demás han sido casos de mujeres que deciden interrumpir su embarazo de manera voluntaria.
De manera general, las mujeres atendidas por Fondo María pertenecen a un estrato económico medio y bajo, sin embargo, aquellas de mayores recursos no tienen garantía de poder acceder a este procedimiento de manera autónoma y también han sido apoyadas. La organización civil se encarga de los gastos de transporte local (en su propio estado), el transporte para llegar a la Ciudad de México, transporte en esa entidad, hospedaje, alimentos, el pago total o parcial del procedimiento en establecimientos privados y la compra de medicamentos preventivos o analgésicos. Pese a todo, las mujeres no deberían viajar para acceder a los procesos de aborto, cuando menos no en los permitidos en la ley. Para Garduño Huerta, las propuestas de reformas antiaborto, como la que se busca aprobar en Aguascalientes para proteger la vida desde la concepción a solicitud del bloque panista y de Encuentro Social en el Pleno Legislativo, criminaliza a las mujeres y las expone a prácticas inseguras. “Hay esta idea de que criminalizar va a terminar con la práctica del aborto, pero la realidad es que el aborto es necesario por muchas razones. Primero, vivimos en un contexto de país sumamente violento, específicamente en lo sexual. Lo que se hace con estas leyes es negar esa realidad y no dar una respuesta favorable a los derechos de las mujeres. Lo otro es que no van a desaparecer los abortos, por el contrario, habrá más exposición a prácticas inseguras y violatorias que por estar al margen de la ley, no hay nadie que las regule o revise”.
Violeta Sabás, coordinadora del OVSGA, señaló que el estado es omiso no solo en respetar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres sino en su responsabilidad de mantenerse laico e imparcial. “No podemos permitir que la diputada panista Paloma Amézquita mencione que el Congreso es ‘provida’, eso es complemente violatorio a la obligación que tiene el Congreso de legislar conforme a las leyes nacionales vigentes. El Congreso no se puede pronunciar por una ideología religiosa”.
Añadió que detrás de la promulgación de leyes antiaborto, se esconde un mensaje feminicida porque éstas atentan contra el derecho a decidir y contra la vida de las mujeres. “Es un mensaje de que todas estamos obligadas a la maternidad. El mensaje tiene que verse desde la apropiación de estas leyes sobre nuestro espacio privado, nuestra corporalidad, el cómo nos atraviesan como mujeres estas leyes. No hay que ver un estado feminicida únicamente cuando se asesinan mujeres, sino que estas políticas también son feminicidas porque atentan contra la vida de las mujeres, porque es un mensaje misógino y porque ignoran los estudios científicos y jurídicos. La discusión no tiene que ser si un zigoto fecundado es o no persona, la discusión debe concentrarse sobre la violación de los derechos de las mujeres a decidir si queremos o no embarazarnos”.
Foto Claudia Castro