“Limitar el derecho a la filiación de los menores de edad nacidos en el seno de familias homoparentales es discriminatorio y viola el derecho a la identidad. Se debe respetar la voluntad de una persona para reconocer a un hijo con quien no hay vínculo genético”, expuso la Suprema Corte de Justicia de la Nación avalando el registro de niños y niñas de familia homoparental.
Esta tarde la Corte otorgó un amparo a una pareja de mujeres para que registre al hijo que tuvieron por medio de técnicas de reproducción asistida; generando un avez más un antecedente en el avance en materia de diversidad sexual.
El tema fue propuesto por la ministra Norma Piña, la cual fue aprobada por unanimidad con lo cual en el acta de nacimiento del menor quedará con el nombre de las dos madres originarias de Aguascalientes.
Para la SCJN desde la perspectiva de los derechos de los menores de edad, es inconstitucional excluir a los que nacen en contextos de uniones familiares homoparentales.
Foto Claudia Castro