La reforma aprobada este jueves por el Congreso del Estado por iniciativa del gobernador, continúa causando críticas de activistas y organizaciones por invadir las ideologías conservadoras en el actuar gubernamental violando el Estado de Derecho. 

El documento señala que las Comisiones Unidas dictaminadoras consideran que en el quehacer político la “familia” es el principio y fin en la construcción de la sociedad, y el mejor antídoto para luchar contra los problemas sociales más graves. 

En el artículo 4° Constitucional, se modificó en sus párrafos primero y segundo, con el objetivo de dar mayor énfasis al principio de la protección a la “familia” como núcleo de la sociedad, y en consecuencia generar política pública a favor de la “familia”. 

La reforma adiciona una fracción al Artículo 46, el cual establece las facultades y obligaciones del gobernador, para incluir la obligación de fomentar, promover e impulsar valores sociales y políticas públicas destinadas a fortalecer el desarrollo armónico de la familia como núcleo de la sociedad, lo cual va en congruencia con el principio establecido en el Artículo 4°.

Con respecto a la Ley Orgánica de la Administración Pública, se adicionó un párrafo al Artículo 3° de la Ley, en el cual se establezca un principio mediante el cual todas las acciones de la Administración Pública Estatal deberán observar los valores sociales y las políticas públicas destinadas a fortalecer el desarrollo armónico de la familia como núcleo de la sociedad, que, de forma secundaria, reglamenta el principio del Artículo 4° constitucional. 

La Ley garantizará su protección, organización y desarrollo. Por la misma razón, la familia y, particularmente, niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad, personas adultas mayores y cualquier otra persona en situación de vulnerabilidad, serán sujetos de especial protección por parte de las autoridades. Toda medida o disposición protectoras de la familia se considerarán de orden público. El Estado deberá reconocer, fomentar, promover e impulsar valores sociales y políticas públicas destinadas a fortalecer el desarrollo armónico de la familia como núcleo de la sociedad. 

Artículo 46.- XXI.- Promover el desarrollo rural integral sostenible del Estado, en los términos que le asignen las Leyes; XXII.- Fomentar, promover e impulsar valores sociales y políticas públicas destinadas a fortalecer el desarrollo armónico de la familia como núcleo de la sociedad. 

El activista por los derechos humanos, Gerardo Contreras, considera que el cambio al primer párrafo del artículo 4 no tiene sentido pues “como está ya está bien y dice lo mismo”. El segundo párrafo hay un pro y un contra: “El pro es que reconoce que en la familia pueden existir distintos sujetos vulnerables; esto es una ventaja para nosotras y nosotros porque se reconoce a las familias diversas. El contra es que habla que el Estado fomentará, promoverá e impulsará valores sociales para el desarrollo armónico. El problema es ¿cuáles valores sociales? Si el valor social es el patriarcado y el catolicismo. Y qué carajo es el desarrollo armónico; si el desarrollo armónico de la familia se ha entendido que la mujer se queda a hacer el oficio, mientras que el hombre proveedor se encarga de todos y las hijas estén calladas”.

Se puso énfasis en el grave problema de la intervención de poderes al ser una reforma exigida por el Ejecutivo para darle más poder desde la ideología conservadora al pretender “impulsar valores sociales para el desarrollo armónico, aunque su papel es vigilar la ley no promover la palabra de Dios. Es decir, se está extendiendo su poder a un gobernador totalitario, escondiéndose detrás de una supuesta ley de la familia”.

Contreras apunta la preocupante reforma a la Ley Orgánica, ya que dice que la administración debe estar regida por valores sociales; “o sea que si una ley le dice que case a personas gay, pero los valores sociales les dicen que no, ahí hay que hacerle caso a los segundos. Por derecho administrativo, el funcionario solo se guía por la ley no por las políticas públicas, porque estas son temporales y no tienen ninguna estabilidad como el Derecho”.

Finalmente sobre las reformas a la Ley de Asistencia, se reitera en el hecho de hablar de «valores sociales» y «desarrollo armónico», dejando ambigua la ley, no especificando qué son y en qué consisten, abriendo la posibilidad a la traducción de la ley desde la ideología de las y los funcionarios con posibles violaciones a los derechos humanos por discriminación -principalmente-.