La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra del Presidente de la República, del partido político MORENA y algunas concesionarias de radio y televisión, por transgresiones a las reglas de difusión de propaganda gubernamental, al principio de imparcialidad y al modelo de comunicación política, derivadas de las conferencias presidenciales matutinas y su difusión de manera completa e ininterrumpida en los estados con Proceso Electoral 2019.

En sesión extraordinaria urgente, la Comisión ordenó a las concesionarias del Instituto Politécnico Nacional XHIPN-TDT y del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano XHSPRAG-TDT, así como XHSP-TDT, con cobertura en Aguascalientes, Baja California, Durango, Quintana Roo, Tamaulipas y Puebla, suspender de inmediato la transmisión, retransmisión y difusión de las mismas, hasta el 2 de junio y dar cumplimiento a la transmisión de las pautas de  los partidos políticos y candidatos independientes, ya que, desde una óptica preliminar, han incumplido con su obligación legal de transmitir los spots pautados por el INE en el horario fijado para ello, sin que se advierta justificación o situación de excepción alguna.

Para la Comisión, las conferencias mañaneras no pueden clasificarse como eventos de cobertura informativa especial y, por ende, no se justifica que la pauta ordenada por este Instituto –establecida desde la Constitución- se altere, difiera o desfase, bajo pretexto de que se da cobertura ininterrumpida a ese tipo de eventos.